Cuando pagas una deuda tarde, se generan intereses por los días de retraso. Con Hacienda se aplica el interés de demora tributario; entre particulares, si no hay otro pacto, el interés legal del dinero.
Esta calculadora cuenta los días que pasan desde el fin del plazo hasta el pago y aplica el tipo anual que elijas. El resultado es orientativo.
Cómo se calcula
- Días de retraso. Desde el día siguiente al fin del plazo hasta la fecha de pago, ambos incluidos.
- Tipo. El interés de demora del año (4,0625 %) o el interés legal del dinero (3,25 %).
- Intereses. Deuda × tipo × días ÷ 365. Se divide entre 365 también en años bisiestos.
- Total. Deuda + intereses.
Ejemplo
Una deuda de 3.000 € con fin de plazo el 30 de enero de 2026 que se paga el 15 de noviembre de 2026 acumula 289 días de retraso. Al 4,0625 %, los intereses son 3.000 × 4,0625 % × 289 ÷ 365 = 96,50 €. En total pagas 3.096,50 €.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre el interés de demora y el interés legal?
El interés legal del dinero es el tipo general para deudas entre particulares cuando no se ha pactado otro. El interés de demora tributario se aplica a las deudas con Hacienda y equivale al interés legal más un 25 %.
¿Qué tipos se usan en 2026 y 2027?
El 4,0625 % de demora y el 3,25 % de interés legal, fijados en los Presupuestos de 2023 y mantenidos por la prórroga presupuestaria. Las cifras de 2027 son provisionales hasta que se aprueben nuevos Presupuestos.
¿Qué pasa si la deuda abarca varios años?
Hacienda aplica a cada tramo de días el tipo vigente ese año. La calculadora usa el tipo del año seleccionado para todo el periodo, así que en deudas largas el resultado puede variar si el tipo ha cambiado.