Cuando viajas por trabajo, la empresa puede pagarte dietas para comidas y alojamiento y una cantidad por kilómetro si usas tu vehículo. Hasta ciertos importes diarios, esas cantidades no tributan en el IRPF.
Esta calculadora suma los límites exentos del Reglamento del IRPF según los días y kilómetros que indiques y los compara con lo que te paga la empresa. El resultado es orientativo.
Cómo se calcula
- Manutención con pernocta. Días con pernocta × 53,34 € en España o 91,35 € en el extranjero.
- Manutención sin pernocta. Días sin pernocta × 26,67 € en España o 48,08 € en el extranjero.
- Kilometraje. Kilómetros con vehículo propio × 0,26 €.
- Máximo exento. Suma de los tres importes.
- Parte que tributa. Lo que te paga la empresa menos el máximo exento, si la diferencia es positiva.
El alojamiento, los peajes y el aparcamiento no se incluyen porque están exentos por su importe justificado.
Ejemplo
Con 2 días con pernocta y 5 días sin pernocta en España y 300 km en tu coche, el máximo exento es de 106,68 € + 133,35 € + 78 € = 318,03 €. Si la empresa te paga 350 €, la diferencia de 31,97 € tributa en tu nómina como rendimiento del trabajo.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Qué requisitos hay para que las dietas estén exentas?
El gasto tiene que producirse en un municipio distinto del lugar donde trabajas habitualmente y del de tu residencia. Además, la empresa debe poder justificar el día, el lugar y el motivo del desplazamiento.
¿El alojamiento tiene límite?
No. Los gastos de hotel están exentos por el importe que se justifique con factura. Lo mismo ocurre con los peajes y el aparcamiento si viajas con tu coche.
¿Qué pasa si la empresa me paga más del límite?
El exceso tributa como rendimiento del trabajo: se suma a tu nómina y lleva retención de IRPF y cotización a la Seguridad Social.
¿Y si me paga menos de lo que permite el límite?
Entonces todo lo que cobras está exento. La calculadora muestra el importe máximo exento; si la empresa paga menos, la parte que tributa es cero.